Política

Corte Suprema objeta proyecto de responsabilidad parental

Cristian Navarro H.

Periodista

Corte Suprema
Imagen referencial creada con herramientas digitales
El máximo tribunal pidió recursos para los juzgados de familia y cuestionó eliminar el procedimiento aplicable a faltas de adolescentes.

La Corte Suprema formuló una serie de reparos al proyecto de ley que fortalece el ejercicio de la responsabilidad parental y recomendó revisar aspectos centrales de la iniciativa antes de continuar su tramitación.

El pleno del máximo tribunal analizó el proyecto el lunes 27 de julio y remitió su informe a la Cámara de Diputadas y Diputados al día siguiente. La propuesta, correspondiente al boletín 18.378-18, se encuentra en su primer trámite constitucional y cuenta con suma urgencia.

La iniciativa busca regular en los artículos 234 y 234 bis del Código Civil el deber de los progenitores de guiar y orientar a sus hijos. También crea un procedimiento especial para establecer responsabilidades y aplicar consecuencias frente al incumplimiento de esa obligación.

CORTE PIDE RECURSOS PARA TRIBUNALES DE FAMILIA

La Corte Suprema advirtió que el proyecto amplía las competencias de los juzgados de familia y crea nuevas audiencias y trámites, pese a que su informe financiero sostiene que la reforma no generará un mayor gasto fiscal.

El pleno consideró indispensable que la iniciativa contemple recursos humanos, tecnológicos y financieros suficientes para su implementación. Según el tribunal, los juzgados de familia ya operan con cargas de trabajo que mantienen sus capacidades al límite.

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Aunque reconoció que corresponde al Congreso y al Ejecutivo definir la organización de los tribunales, la Corte llamó a evaluar responsablemente el financiamiento de la reforma para evitar demoras y expectativas que el sistema judicial no pueda cumplir.

REPAROS A LA RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DE LOS PADRES

El máximo tribunal también cuestionó la eliminación del actual procedimiento contravencional, mediante el cual los tribunales de familia conocen determinadas faltas cometidas por adolescentes.

La propuesta trasladaría la responsabilidad por esos hechos exclusivamente a quienes tienen el deber de guía y orientación. Para la Corte, esta modificación podría excluir a los adolescentes de una intervención destinada a encauzar su conducta y reconocer progresivamente su capacidad para asumir las consecuencias de sus actos, de acuerdo con su edad y madurez.

El informe también detectó una falta de claridad respecto de las personas que cuidan a niños, niñas o adolescentes sin ser sus progenitores. Aunque las normas sustantivas les asignan deberes de orientación, el procedimiento especial menciona únicamente a padres y madres.

ACCIONES CIVILES Y MULTAS

La Corte Suprema recomendó mantener en los tribunales civiles las demandas destinadas a obtener una indemnización por los daños causados por hijos e hijas. A su juicio, estas controversias tienen un carácter patrimonial y los juzgados civiles cuentan con la especialización necesaria para resolverlas.

Asimismo, llamó a corregir la fórmula propuesta para pagar las multas destinadas a niños, niñas y adolescentes. El proyecto plantea depositarlas en la cuenta utilizada para pagar la pensión de alimentos, lo que podría alterar el cálculo de la deuda y obligar a los tribunales a distinguir cada abono.

El informe también contiene observaciones sobre los requisitos de las denuncias, las audiencias confidenciales, la suspensión condicional del procedimiento, las sentencias y las sanciones aplicables frente al incumplimiento reiterado de las medidas.

 

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