Tras la polémica por las rebajas de las penas de 56 abusadores y violadores de niños por parte del Gobierno, el presidente José Antonio Kast presentó al Senado un proyecto de ley que modifica el régimen de reducción de condenas por comportamiento sobresaliente.
La idea de la propuesta es introducir cambios en el procedimiento para acceder al beneficio penitenciario, regular la participación de las víctimas y resolver las diferencias de interpretación sobre qué normativa debe aplicarse al momento de evaluar una solicitud.
En concreto, la iniciativa modifica la Ley N° 19.856 y el Código Procesal Penal y, entre sus principales medidas, establece expresamente que los requisitos para acceder al beneficio se determinarán conforme a la ley vigente al momento de presentar la postulación, independiente de cuándo se cometió el delito o se dictó la sentencia. Que es, en todo caso, lo que los críticos de la actuación que ha tenido el Ejecutivo en esta materia aseguran que ya estaba incorporado en la legislación que se aplica en la actualidad.
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Como sea, la propuesta del gobierno apunta a que la legislación vigente no establece con suficiente claridad qué normativa debe aplicarse cuando los requisitos cambian entre la fecha de comisión del delito y el momento en que la persona condenada solicita la reducción.
Según el Gobierno, es esa falta de precisión la que ha permitido distintas interpretaciones jurídicas.
LO QUE CAMBIARÍA EN LA NUEVA LEY
El proyecto busca modificar el papel de la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena, que es la instancia que evalúa los antecedentes y, si emite un pronunciamiento favorable, los remite al ministerio de Justicia para que dicte el decreto correspondiente para aplicar las rebajas.
La idea, ahora, es que la comisión quede a cargo de calificar el comportamiento del condenado y resolver si concede o rechaza la solicitud.
En su composición elimina al abogado integrante nombrado por el ministerio de Justicia y establece que a los integrantes designados actualmente por la secretaría regional ministerial de Justicia los nombrará el director nacional de Gendarmería En caso de empate, el presidente de la comisión tendrá voto dirimente.
La iniciativa tmbién incorpora como parte del catálogo de delitos que excluyen el acceso al beneficio de reducción de condena el homicidio simple cometido contra una persona menor de 18 años. Con eso busca impedir que quienes hayan sido condenados por ese delito puedan optar a la rebaja por comportamiento sobresaliente.
¿Y LAS VÍCTIMAS?
El proyecto establece que las víctimas tendrán derecho a ser escuchadas durante el procedimiento. Podrán presentar sus observaciones por escrito ante la comisión y solicitar que se les reciba en audiencia para exponer sus argumentos respecto de la postulación de la persona condenada.
Estas deberán ser notificadas del inicio del procedimiento de calificación del comportamiento del condenado al menos quince días antes de que se lleve a cabo la deliberación, en el caso de la comisión, y el tribunal tendrá cinco días hábiles para efectuar la notificación.
Del mismo modo, la propuesta amplía el derecho de las víctimas a recibir información sobre el resultado de las postulaciones al beneficio de reducción de condena, además de la ya contemplada para la libertad condicional y los permisos de salida ordinarios.
Finalmente, el Ejecutivo propone en el proyecto que Gendarmería, en coordinación con el Poder Judicial y otros organismos públicos, elabore y publique anualmente un informe estadístico sobre la aplicación del beneficio de rebajas de condenas, documento que deberá incluir el número de postulaciones, las solicitudes aprobadas y rechazadas, las exclusiones por tipo de delito y causal, y los niveles de reincidencia al año, a los tres y a los cinco años desde el cumplimiento de la condena.
La información deberá publicarse en formato de datos abiertos, resguardando los datos personales y la identidad de las personas involucradas.







