Este miércoles, el ministro de Justicia, Luis Cordero, abordó la decisión del Presidente Gabriel Boric de utilizar su facultad administrativa para revocar pensiones de gracia, especialmente en casos de autores de homicidio, violación, porte de armas o narcotráfico, según anunció previamente.
Durante una entrevista con Radio Duna, el secretario de Estado explicó que el Mandatario tomó esta determinación en el contexto de una conversación con el Ministerio del Interior, estableciendo que, aquellas personas que hayan cometido delitos. no serán elegibles para recibir este tipo de beneficios.
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Sin embargo, se estableció una excepción para aquellos que hayan sufrido lesiones con daños permanentes a manos de agentes del Estado.
Luis Cordero destacó que el procedimiento correspondiente debe ser instruido por el Ministerio del Interior, el cual está evaluando cada expediente para determinar cuáles pensiones se verán afectadas.
Cuando se le preguntó sobre personas que alegan ser víctimas de violaciones a los derechos humanos y que han cometido delitos, el ministro de Justicia enfatizó que son situaciones distintas, ya que esas personas han ejercido acciones contra el Estado, según la jurisprudencia de la Corte.
DAÑOS PERMANENTES
Ejemplificó con casos documentados de afectados por la fuerza pública, como el incidente en Aysén en 2011 y una resolución de la Corte Suprema en 2023 relacionada con protestas estudiantiles en 2013.
Ante la insistencia sobre si se revocarían administrativamente las pensiones de gracia a estas personas, Cordero afirmó que no se les quitará a aquellos que puedan demostrar adecuadamente el daño sufrido, destacando que debe ser «daño acreditado, muy indubitado y permanente».
Las dudas sobre los criterios para retirar el beneficio administrativamente surgieron después de las declaraciones de la ministra del Interior, Carolina Tohá, quien mencionó que cuando hay daños severos, como la pérdida del globo ocular, los antecedentes penales no deberían ser un obstáculo para mantener la pensión.
En este contexto, Cordero explicó que la base de la pensión es la causa que justificó su otorgamiento y que, si el daño está adecuadamente acreditado como permanente, el beneficio no se retirará.
También señaló que la revocación administrativa se aplicará no solo a casos con condenas anteriores al otorgamiento de la pensión, sino también a sentencias posteriores, aspectos que el Ministerio del Interior está evaluando en la actualidad.





