Política

Preso en la casa: ¿En qué consiste la reclusión domiciliaria?

Antonia Mundaca

Este lunes se llevó a cabo una audiencia de revisión de medidas cautelares, en la que la exalcaldesa Cathy Barriga, junto a su abogado, solicitó modificar  el arresto domiciliario total dictado en enero, en la que el 9° Juzgado de Garantía de Santiago decretó la medida cautelar por delitos de fraude al fisco y falsificación de instrumento público.
La reclusión domiciliaria es el “encierro durante las veinticuatro horas del día en el domicilio de la persona condenada”, algo que corre igual, sea o no tu casa un lujo.

“Se entenderá por reclusión domiciliaria total, el encierro durante las veinticuatro horas del día en el domicilio de la persona condenada (… ). Para los efectos de esta ley, se entenderá por domicilio, aquel que la persona condenada fije en la oportunidad prevista en el artículo siguiente” – Ley 21.228, Art. 6. 

A estas alturas, las fotos en la piscina de Camila Polizzi y los posteos haciendo ejercicio de Cathy Barriga, ya son más que virales. La primera de ellas, se encuentra formalizada por estafa, falsificación de documento oficial, usurpación de identidad y lavado de activos, en el marco de la arista “Lencería” o “Fundación En Ti”, del caso convenios. 

Barriga en tanto, la exalcaldesa de Maipú, formalizada por falsificación de instrumento público y fraude al Fisco. Los delitos que se le acusa realizar a ambas, son diferentes, sin embargo las dos imputadas coinciden en algo: reclusión domiciliaria total. 

Es en ese contexto, de fotos y arrestos pasados en la casa, que el fiscal nacional, Ángel Valencia afirmó: “Tampoco es razonable que sustituyamos el anexo cárcel Capuchinos y lo privaticemos, y que quienes antes iban a Capuchinos ahora se queden en sus casas y si tienen piscina, sea al costado de su piscina. Y que además esa situación de estar en sus casas y al costado de sus piscinas pasando el verano, puedan abonarla a una condena futura”. 

Con las palabras de Valencia, resulta necesario hacer un poco de memoria. 

¿QUÉ ERA CAPUCHINOS?

En 1860 las Monjas Clarisas Capuchinas construyeron un edificio que sin saberlo, se convertiría varios años más tarde en una verdadera cárcel VIP, cuando en 1946 el presidente Juan Antonio Ríos ordenara su expropiación para trasladar allí a los reos sin prontuario, que no habían cometido delitos violentos. 

Allí, en Capuchinos, se albergaron principalmente personas procesadas por delitos de tipo económico. Pasaron por sus paredes personajes como el hijo de Pinochet, Marco Antonio, Alejandro Guillier, Juan Pablo Letelier y Agustín Edwards Eastman, quien tan sólo estuvo dos horas.

La cárcel 5 estrellas, era una casona colonial con tres pisos. “En el primer piso estaba ubicado el perraje, había celdas con literas para 30 personas. En el segundo se ubicaban, generalmente, a los presos políticos, los dirigentes gremiales, los periodistas de los diarios populares, no más de 30 ó 40 personas en habitaciones dobles”, relató en 2005 La Nación, en un artículo publicado luego del incendio que acabó con el recinto.

Pero el más asombroso, era el tercer piso: “Las suites, de 15 a 20, alfombradas y con el máximo confort. Ninguna de estas regalías era gratis. Había que pagar la estadía de acuerdo al precio que establecía Prisiones y que cobraba rigurosa y puntualmente”, agregó el medio citado.

Y eso no era todo, porque el centro tenía canchas de baby fútbol, gimnasio e incluso una piscina, ¿le suena conocido?

LA CAUTELAR SE CUMPLE IGUAL

Si las situaciones son o no comparables, las opiniones pueden variar. Pero lo que no varía, son los hechos: el arresto domiciliario total, jurídicamente no es lo mismo que una prisión preventiva. Así como, que Polizzi y Barriga, exhiban su encierro en redes sociales, no las hace cumplir menos su cautelar: ambas siguen en sus casas. 

Para entender un poco más a fondo lo que es la reclusión domiciliaria total, como Está Pasando le preguntamos a Jorge Cabrera, investigador de la Universidad de Talca y profesor del Centro de Estudio en Derecho Penal (CEDEP) de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, detalles al respecto.

“Lo primero es aclarar que tanto la prisión preventiva, como el arresto domiciliario total son medidas cautelares y, por lo mismo, buscan asegurar el cumplimiento de los fines del proceso”, señala Cabrera. 

Luego, añade que “consecuentemente, estas deben buscar asegurar primordialmente el éxito de la investigación y la eventual imposición de la pena. Nuestro código procesal penal les asigna además la finalidad de garantizar la seguridad de las víctimas”. 

“Si la medida cautelar sirve a alguno de los fines anotados, entonces cumple su función”, así de simple y “ con independencia de la frivolidad con que puedan exhibirse las condiciones en que cumplen dichas medidas”. 

Sin embargo, para el abogado penalista, “ciertamente,se trata de una conducta desaconsejable y de dudoso gusto”, pero, y lo más importante “no frustra los fines de las medidas cautelares”, concluye. 

“PERCEPCIÓN DE IMPUNIDAD”

De todas formas, es innegable que, por más que cumplan su cautelar, “hay consenso de que este tipo de exhibiciones son indebidas, impropias, indecorosas y terminan de afectar severamente la sensación de justicia al sistema”, opinó el ministro de Justicia Luis Cordero, esta semana.

“Generan  percepción de impunidad lo que a las personas indigna”, agregó el secretario de Estado. 

Es por ello que ,manifestó: “Es probable que, producto de esto, terminemos con algún ajuste sobre arrestos domiciliarios de las limitantes que tiene de exhibición”. Un proyecto que podría ser ingresado por el Ejecutivo o “discusión parlamentaria”, acotó el ministro. 

Por su parte, el fiscal Ángel Valencia señaló: “No tenemos facultades colegisladoras, pero vamos a hacer una propuesta en orden a que esa situación se modifique porque es muy importante que recordemos que además de la aplicación de la ley en el sentido estricto, la ley tiene que ser interpretada en sentido de justicia y lo que la sociedad chilena demanda hoy día es precisamente que seamos todos tratados de la misma forma bajo la ley”. 

Y pareciera  que pasar una reclusión domiciliaria, subiendo posteos a redes sociales, mostrando lo bien que lo estamos pasando en nuestras casas, omitiendo que la razón por la que estamos allí, es un pésimo uso del dinero de todos los chilenos; no es justo. 

Comparte en:

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email

Comenta este artículo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

2 × tres =