La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió el recurso de amparo del general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, contra la instrucción de generar una alerta fronteriza en caso de que intente salir del país.
Eso significa que el uniformado podrá salir libremente del país, sin que se deba enviar al Ministerio Público un aviso del Departamento de Control de Fronteras de la Policía de Investigaciones (PDI) notificando el movimiento.
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La medida incluye, además de Yáñez, a la ex máxima autoridad de la policía uniformada, Mario Rozas, y el ex subdirector Diego Olate.
La Segunda Sala del máximo tribunal estuvo integrada por los ministros Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, María Gajardo y el ministro suplente Jorge Zepeda, además de la abogada integrante Pía Tavolari.
LIBERTAD AMBULATORIA DEL AMPARADO
El tribunal argumentó que «no resulta coherente con la entidad de la medida que viene discutida, más aun cuando no ha concluido la investigación, ni ha habido formalización de cargos que justifique la imposición de medidas cautelares, lo que se une a la constatación que dicha medida no encuentra sustento en una norma legal como se dijo en la motivación tercera y cuarta del presente fallo».
Añadió que «existe una amenaza a la libertad ambulatoria del amparado (…) concedida a toda persona que ilegalmente sufra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual».