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Triunfa la impunidad: Corte Suprema absuelve a acusados por muerte del ex Presidente de la República Eduardo Frei Montalva

Santiago, Chile.

Mario López M.

Lamentable y parcial fallo que deja sin efecto las condenas. Vea el fallo de Primera Instancia: SENTENCIA FREI PRIMERA INSTANCIA

Este viernes, la Corte Suprema dictó sentencia definitiva a la investigación por la muerte del expresidente de la República, Eduardo Frei Montalva, ocurrida el 25 de enero de 1982 en la clínica Santa María de Santiago.

La segunda sala de máximo tribunal absolvió a todos los acusados, acogiendo solo parcialmente los recursos de casación en aquella parte en donde se pronunció sobre las absoluciones de Patricio Silva Garín, Helmar Rosenberg, y Sergio González, quienes fallecieron durante la tramitación de este proceso.

Además, en el fallo se absolvió a Raúl Lillo Gutiérrez y Luis Becerra, condenados en primera instancia como autores, y a Pedro Valdíga Soto, condenado en primera instancia como cómplice.

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En lo restante, la Corte Suprema rechazó los recursos de casación en contra de la sentencia que absolvió a los condenados en primera instancia al considerar que no existen antecedentes que permitan probar el homicidio del ex jefe de Estado y eventuales maniobras para ocultar su envenenamiento.

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Por su parte, la expresidenta de la Democracia Cristiana, Myriam Verdugo, señaló a Está Pasando, que  esta noticia es muy «triste. Si no se pudo establecer la verdad en su caso, qué se puede esperar con el humilde poblador desaparecido, asesinado. Ayer me impacto oír al hijo de un joven sociólogo asesinado junto a otros 22 que permanecieron en La Moneda. Cincuenta años esperando la verdad y justicia, recuperando un molar y una falange de su padre. ¡Ni perdón ni olvido!», señaló.

Resumen del fallo que contradice la sentencia de Primera Instancia

La Segunda Sala del máximo tribunal acogió sólo parcialmente los recursos de casación en aquella parte en la que se pronunció sobre las absoluciones de Patricio Silva Garín, Helmar Rosenberg Gomez y Sergio González Bombardiere, quienes fallecieron durante la tramitación del proceso. Además en el fallo se absolvió a Raúl Lillo Gutiérrez y Luis Becerra Arancibia, condenados en primera instancia como autores y Pedro Valdivia Soto, condenado en primera instancia como cómplice.

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por la muerte del ex Presidente de la República Eduardo Frei Montalva, ocurrida el 25 enero de 1982 en la Clínica Santa María de Santiago.

SEGÚN LA SUPREMA «NO HAY ANTECEDENTES»

En la sentencia (rol 17.047-2021) la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y María Teresa Letelier- acogió sólo parcialmente los recursos de casación en aquella parte en la que se pronunció sobre las absoluciones de Patricio Silva Garín, Helmar Rosenberg Gomez y Sergio González Bombardiere, quienes fallecieron durante la tramitación del proceso

Además en el fallo se absolvió a Raúl Lillo Gutiérrez y Luis Becerra Arancibia, condenados en primera instancia como autores y Pedro Valdivia Soto, condenado en primera instancia como cómplice.

En lo restante la Corte Suprema rechazó los recursos de casación en contra de la sentencia que absolvió a los condenados de primera instancia al considerar que no existen antecedente que permitan probar el homicidio del ex Jefe de Estado y eventuales maniobras para ocultar su envenamiento.

«Tal aserto condujo a los jueces del fondo a absolver a los acusados de los cargos formulados en su contra y además, a desestimar la tesis sostenida por los acusadores particulares en orden a atribuirles responsabilidad penal como autores del delito de homicidio calificado -circunstancia tercera del N° 1 del artículo 391 del Código Penal-, decisión que esta Corte comparte, lo que lleva al rechazo de la causal de casación en el fondo en comento.»

SOBRESIMIENTOS

Respecto de la situación de los médicos, el fallo acogió parcialmente los recursos señalando:

“Que, sobre el particular es necesario precisar que en materia penal, el vicio de ultra petita se configura cuando la sentencia se extiende a puntos inconexos con los que hubieren sido materia de la acusación y de la defensa.

“Pues bien, no puede soslayarse que en la especie, los acusados Patricio Silva Garín y Helmar Egon Rosenberg Gómez, fallecieron con datas 08 de mayo de 2019 y 12 de junio de 2020, respectivamente, esto es, antes de la dictación del fallo de segundo grado, el que fue pronunciado con fecha 25 de enero de 2021.

Tal es así, que con fechas 10 de mayo de 2019 -respecto de Patricio Silva Garín y 25 de junio de 2020 –en lo tocante a Helmar Egon Rosenberg Gómez-, se dictaron por el Ministro en Visita Extraordinaria, los correspondientes sobreseimientos definitivos y parciales, conforme lo previsto en el artículo 408 N° 5 del Código de Procedimiento Penal.”, dice el fallo.

Agrega que “tal antecedente resulta de vital relevancia, puesto que al haber fallecido ambos acusados con anterioridad a la dictación del fallo de segundo grado, es evidente que al momento de su emisión, la acción penal se encontraba extinguida a su respecto –en los términos previstos en el artículo 93 N° 1 del Código Penal-, motivo por el cual no correspondía emitir pronunciamiento a su respecto, más que aprobar los respectivos sobreseimientos definitivos recaídos sobre ellos, los que fueron alzados en consulta”.

Además se considera: “Que es justamente la circunstancia de haberse extinguido la responsabilidad penal respecto de los acusados Silva Garín y Rosenberg Gómez antes del pronunciamiento del fallo de segunda instancia, la que excluye la posibilidad de aplicar en la especie la norma contenida en el artículo 501 del Código de Procedimiento Penal, en cuanto tal precepto parte del supuesto de encontrarse vigente la acción penal –como acontece en las hipótesis de sobreseimiento relativas al acusado ausente o demente-, cuyo no es el caso de autos, en el que como ya se dijo, la acción penal ya se encontraba extinguida.

“El mismo razonamiento, por lo demás, resulta aplicable respecto del acusado Sergio Gonzalez Bombardiere, quien murió el 06 de enero de 2021, también antes de la dictación de la sentencia de segundo grado, sin que conste la dictación del correspondiente sobreseimiento definitivo y parcial”.

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La decisión se adoptó con el voto en contra de la ministra Letelier que estuvo por rechazar el recurso de casación por los sobreseimientos.

En desarrollo…

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