La Sala Especial de Reclamación Constitucional de la Corte Suprema, rechazó la reposición de un grupo de 14 consejeros constitucionales, y, sin embargo, de oficio se avocó al conocimiento del tema declarando admisible el Recurso para ser resuelto en el fondo.
El fallo fue de mayoría y reza: «procediendo esta Corte de oficio, se deja sin efecto la resolución de fecha primero de agosto del año en curso y, en su lugar, se declaran admisibles las reclamaciones del artículo 156 de la Constitución Política, deducidas en lo principal, primero y segundo otrosí de folio 3. En consecuencia, pase informe a la Presidenta del Consejo Constitucional al tenor de lo dispuesto en el artículo segundo del ya citado Auto Acordado, el que deber ser evacuado en el plazo fijado para tales efectos».
Acordada la decisión de actuar de oficio con el voto en contra de la Ministra señora Muñoz S. y del Ministro señor Dahm.
Se ofició al Consejo Constitucional para que remita informe, en 2 días, acerca de la materia del recurso.
Una vez recepcionado el recurso, se recibirán los alegatos de las partes y, posterior a ello, la Suprema tiene 10 días para resolver acerca de la materia.
Dado lo acotado de los plazos y que la próxima semana comenzará la discusión en comisiones de las enmiendas, ello se tocará, necesariamente, con la tramitación del recurso, por lo que deberán adecuarse los tiempos para no atrasar el trabajo constitucional.
El texto definitivo debe estar listo, para ser entregado a la ciudadanía el 7 de noviembre, y el día 17 de diciembre se realizará un plebiscito de carácter obligatorio, donde el país decidirá si aprueba o rechaza esta nueva Constitución.
En desarrollo…






