El Tribunal Constitucional (TC) acogió parcialmente los tres requerimientos de inconstitucionalidad presentados por grupos de parlamentarios contra diversas disposiciones del proyecto de ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social, conocido como la “megarreforma” del Gobierno.
Uno de los principales efectos de la resolución fue la eliminación completa de los artículos 12 y 13, que establecían un derecho a indemnización cuando una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) fuera anulada mediante una sentencia judicial firme.
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La disposición, denominada por sus críticos como “indemnización verde”, fue declarada íntegramente inconstitucional por el pleno del organismo.
El TC también introdujo recortes al artículo 29, referido al estatuto de invariabilidad tributaria para inversionistas nacionales y extranjeros. Entre otros aspectos, eliminó la facultad del Ministerio de Hacienda para extender el plazo de este beneficio en circunstancias calificadas y previo informe de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera.
Asimismo, declaró inconstitucional la incorporación de proyectos conexos al régimen de invariabilidad y eliminó completamente el numeral que regulaba este tipo de iniciativas.
PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y ACUICULTURA
En materia ambiental, el tribunal suprimió la expresión “que no hayan sido evaluados y” del artículo 11 número 4. La norma establecía las condiciones bajo las cuales las personas que no formularon observaciones durante la etapa de participación ciudadana podían presentar reclamaciones.
Con esta decisión, el TC objetó que dichas reclamaciones quedaran limitadas exclusivamente a aspectos no evaluados que generaran una afectación directa.
El organismo también declaró inconstitucional parte del artículo 5, que modificaba la legislación sobre relocalización de concesiones acuícolas. En particular, eliminó la expresión “micro-relocalización” y la norma que eximía a esos procedimientos de ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
En todas las demás disposiciones cuestionadas, el Tribunal Constitucional resolvió rechazar los requerimientos parlamentarios.
El pleno, integrado por diez ministras y ministros y encabezado por su presidenta, María Pía Silva, adoptó la decisión luego de escuchar los alegatos de las partes.
El Tribunal Constitucional publicará las votaciones, los fundamentos, las disidencias y las prevenciones dentro del plazo que establecen la Constitución y su ley orgánica.
Una reforma que no escuchó a la Corte Suprema, no escuchó al Consejo Fiscal Autónomo, que no escuchó a los expertos, y no escuchó a la oposición, ahora además se confirma que buscaba imponer normas inconstitucionales. Se cae la indemnización por anulación judicial de una RCA, y… https://t.co/34SIKa7elD
— Gonzalo Winter 🇨🇱 (@gonzalowinter) August 14, 2026







