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Cámara aprueba ley antibarricadas 2.0 y proyecto pasa al Senado

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ley antibarricadas
Foto: Publicado en X por @Camara_cl
La oposición incluyó una indicación que estipula que “lo dispuesto en el presente artículo no será aplicable si la persona se encuentra ejerciendo su legítimo derecho a reunión, huelga o manifestación pacífica”.

Con 89 votos a favor, 41 en contra y 3 abstenciones la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley antibarricadas 2.0, que busca ampliar el tipo penal frente a la interrupción de rutas del transporte público.

Ocurre tras el fracaso sufrido por el Ejecutivo con el proyecto de ley que buscaba extender el plazo de detención de migrantes irregulares para expulsiones administrativas.

El proyecto es parte de la Agenda Contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT) y tiene como objetivo el modificar el artículo 268 septies del Código Penal –septies es un adverbio numeral latino que significa «siete veces» y se usa en textos legales y administrativos para indicar que un artículo o apartado se ha añadido por séptima vez con el mismo número- para agregar nuevos incisos.

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Este refiere al que, “sin estar autorizado o excediendo las condiciones de una autorización otorgada por la autoridad competente, interrumpiere u obstaculizare, total o parcialmente, la libre circulación de personas o vehículos, o el normal funcionamiento de cualquier medio o servicio de transporte público o privado, de pasajeros o de carga, cualquiera sea la vía o infraestructura por la cual opere, y, requerido de manera clara y perceptible por la autoridad competente, no obedeciere pudiendo hacerlo, será sancionado con multa de diez a veinte unidades tributarias mensuales».

Establece además que “quien ejecutare la conducta de interrupción u obstaculización descrita en el inciso anterior, aun cuando no haya requerimiento previo de la autoridad, se impondrá la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de diez a veinte unidades tributarias”.

Asimismo, describe las circunstancias en que ello puede verse penalizado y otorga penas particulares a aquellos que impidan el paso de vehículos de Bomberos, policiales u otros que atiendan emergencias: presidio menor en su grado medio y multa de veinte a cuarenta unidades tributarias mensuales.

La oposición incluyó una indicación del diputado Raúl Leiva -que obtuvo 72 votos a favor, 61 en contra y 1 abstención-, que estipula que “lo dispuesto en el presente artículo no será aplicable si la persona se encuentra ejerciendo su legítimo derecho a reunión, huelga o manifestación pacífica”.

A FAVOR

“La simpatía por una demanda jamás puede convertirse en un privilegio para vulnerar derechos ajenos. La democracia garantiza espacios para expresar las diferencias, pero también exige, ante todo, respetar la libertad del resto”, sostuvo durante el debate legislativo dde la ley antibarricadas el diputado Eduardo Cretton (UDI).

Juan Irarrázaval (Rep), en tanto, afirmó que “este proyecto busca un equilibrio razonable; se respeta el derecho a manifestarse y al mismo tiempo se protege el derecho de las demás personas a desplazarse y acceder a los servicios de transporte». A su juicio, «es una respuesta proporcionada a un problema real y sancionando siempre a quienes ocupan la violencia”.

Por su parte, Paula Olmos (PDG) dijo que es «necesario que avancemos con una regulación clara, proporcional y aplicable que proteja a la libre circulación sin confundirla con el legítimo derecho a manifestarse”, mientras que Álvaro Jofre (PNL) aseveró que “frente a quienes hagan del desorden una estrategia y de la violencia un método, el Estado debe responder con toda la fuerza de su autoridad».

«Si se pretende convertir el caos en una herramienta política, el deber nacional es restablecer el orden y asegurar que ningún grupo puede imponer por la fuerza su voluntad sobre el conjunto de la Nación», agregó.

¿AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL?

Desde la oposición la diputada Lorena Pizarro (PC) avirtió que “la gente no sale a manifestarse porque le gusta bloquear las calles. El pueblo sale a manifestarse porque no tienen derechos. Y cuando hay regímenes más autoritarios, esa manifestación crece, y ustedes lo saben».

En ese sentido, sfirmó que»la dictadura se combatió en las calles» y dijo que de aprobarse el proyecto llevaría la iniciativa al Tribunal Constitucional o incluso instancias internacionales.

Para Gonzalo Winter (FA) sostuvo que «este proyecto de ley es innecesario y es atentatorio contra la posibilidad de manifestarse pacíficamente y ese es el objetivo declarado».

En tanto, José Antonio Rivas (PS) recalcó que la ley antibarricadas «quiere castigar a quien obstaculice incluso parcialmente una vía sin violencia, sin intimidación. Y además tiene errores graves esta ley».

Al respecto, advirtió que «crea un delito de mera desobediencia que no protege ningún bien jurídico; basta con no acatar una orden. Sanciona el ingreso no autorizado a las vías con una amplitud tal que alcanza conductas que jamás deberían ser delito. Y fija multas en unidades tributarias sin decir si son mensuales o anuales».

 

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