Entrevistas y Reportajes

Derechos de las mujeres en la nueva Constitución están al debe

Lucero Chávez

derechos de las mujeres
Desde sectores ligados a promover la igualdad de género desglosan las que consideran las principales falencias.

Los derechos de las mujeres están en retroceso con el nuevo texto de Constitución, según sostienen sectores progresistas. El proyecto se someterá a plebiscito el próximo 17 de diciembre y voces de la izquierda han declarado que votarán por rechazar la propuesta elaborada por una mayoría republicana.

La igualdad salarial, la paridad de género en los cargos públicos, el derecho al aborto y los cuidados son temas planteados en la nueva Constitución, pero de una forma que no no parece convencer a los movimientos sociales feministas como para que la aprueben

LA IGUALDAD SALARIAL

Las mujeres ganan en promedio  77% de lo que perciben los hombres, reporta la Organización Internacional del Trabajo. La situación se conoce como brecha salarial de género. Los estereotipos y patrones culturales han causado menor participación de las mujeres en el mercado laboral, lo que ha significado un desmedro en sus salarios.

El texto de la nueva constitución sostiene que  “se prohíbe cualquier discriminación arbitraria que no se base en la capacidad o idoneidad personal (…) asimismo, se proscribe cualquier discriminación arbitraria en materia de retribución por trabajo de igual valor y con el mismo empleador, especialmente entre hombres y mujeres”.

 

Capítulo II, Derechos y Libertades fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales.

 

“La mujer solo se encuentra protegida si hay una discriminación en los salarios por el mismo empleador, que no es lo mismo que tener una obligación de igual salario entre hombres y mujeres en general, que era lo que habíamos planteado en el anteproyecto”, dice Magaly Fuenzalida, integrante de la Comisión Experta y miembro de la Federación Regionalista Verde Social en conversación con EstaPasando.cl

“La discriminación arbitraria ya tiene normas al respecto en el Código del Trabajo. Es repetir cosas que ya tenemos”, asegura sobre la norma.

PARIDAD EN LAS ELECCIONES

En sus 209 años de existencia, el Congreso Nacional de Chile solo ha tenido 109 diputadas y senadoras, cifra que representa el 2,69% del total. Así lo reporta el libro 109 parlamentarias.

Para abordar esta problemática, el nuevo texto promueve “corregir la distribución y asignación preliminar de escaños en elecciones de diputados y senadores, cuando algún sexo supere el sesenta por ciento de los electores en los respectivos actos” y agrega que “las asignaciones preliminares de los candidatos del sexo sobrerrepresentado cederán en favor de los candidatos del sexo subrepresentado”.

Sin embargo, también añade que “la vigencia de este artículo cesará tras las dos elecciones parlamentarias siguientes a la entrada de vigencia de la ley electoral que hace referencia este artículo o bien, si antes del referido plazo en una misma elección parlamentaria”.

Para Fuenzalida, poner una limitante significa que “nadie va a tener un incentivo para seguir respetando esta corrección de los resultados”. Además, asegura que si se ha tenido que llegar a esta reforma en la Constitución es por la escasa representación de las mujeres en los partidos políticos. “No nos incluyen para ser cabeza de serie”, dice.

CARGOS PÚBLICOS

De 1990 hasta 2020 las mujeres han ocupado, en promedio, solo el 23% de los cargos ministeriales, revela una investigación de Ciper Chile.

La norma ahora plantea que, “la ley asegurará el acceso equilibrado de mujeres y hombres a las candidaturas a cargos de elección popular, así como su participación en condiciones de igualdad en los distintos ámbitos de la vida nacional. El Estado garantizará el ejercicio de la participación política de las mujeres”.

Sin embargo, “la norma solo se refiere a los procesos de elección popular”, explica Magaly Fuenzalida. “No señala los cargos como los directores de servicios públicos o al interior del gobierno”, sostiene.

 

Capítulo I, Fundamentos del Orden Constitucional.

LEY DE ABORTO Y OBJECIÓN DE CONCIENCIA

Entre 60 a 300 mil abortos se practican a diario en Chile de forma clandestina, según dato de la Biblioteca Nacional. Respecto de la interrupción libre del embarazo, la propuesta de la nueva Constitución sostiene que “la ley protege la vida de quien está por nacer. Se prohíbe la pena de muerte”. 

El cambio del ‘que’, escrito en la actual Constitución, al ‘quién’, ha significado que los sectores más progresistas hayan decidido rechazar la nueva propuesta de texto con anticipación. 

La derecha más dura sacó del texto final la objeción de conciencia institucional y, sobre este punto, el nuevo texto asegura “el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Se garantiza su ejercicio, debido respeto y protección. (…) Comprende además la objeción de conciencia, la que se ejercerá de conformidad a la ley”.

La objeción de conciencia es el derecho de una persona a seguir órdenes si estas van en contra de sus principios éticos y religiosos. Esta es una de las principales causas por las que los médicos en clínicas y hospitales se niegan a aplicar la ley IVE (interrupción libre del embarazo), pese a que la medida esté en el marco de la ley.

“Al sacarle la limitación institucional, se abren un mundo de posibilidades para ser objetores de conciencia”, dice Magaly Fuenzalida. Asegura que desde el progresismo, jamás estuvieron de acuerdo en incluirla en el nuevo texto, especialmente en un país donde la mayoría de los embarazos en menores de edad se dan a causa de una violación. “Yo no puedo acompañar este texto. Siento que retrocede en los derechos de las mujeres”, asegura. 

LOS CUIDADOS

Sobre el derecho de las mujeres en el tema de los cuidados, una tarea que desde siempre ha estado relegada a ellas,  la propuesta aborda que: “La Constitución reconoce el valor de los cuidados para el desarrollo de la vida en la familia y la sociedad. El Estado deberá promover la corresponsabilidad, así como crear y contribuir a crear mecanismos de apoyo y acompañamiento a cuidadores y personas bajo su cuidado”. Además añade que “se promoverá la conciliación entre la vida familiar y laboral y la protección de la crianza, de la paternidad y de la maternidad”.

Capítulo I, Fundamentos del orden constitucional.

 

El texto aprobado por el Consejo Constitucional, dominado por 32 consejeros de derechas, está prácticamente listo. Este es el segundo intento de Chile por cambiar la constitución de la dictadura de Pinochet. La decisión se tomará el próximo 17 de diciembre.

 

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