Esta semana, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) recordó a los clientes los derechos que tienen y entregó recomendaciones a la hora de contratar un gimnasio.
Cabe precisar que, durante esta época del año, cuando ya nos vamos acercando a la temporada de verano, es habitual que aumente el interés de las personas por inscribirse en gimnasios.
En ese contexto, la directora (s) del Servicio, Carolina González, comentó que estos servicios están regulados por la Ley del Consumidor y que los proveedores tienen la obligación de cumplir con todo lo que prometen en su publicidad.
Esto, además de respetar características ofrecidas en torno a la infraestructura, como cantidad y calidad de máquinas, implementos deportivos disponibles, tipos de clases, entre otros. En ese sentido, quienes contraten un gimnasio tienen derecho a recibir un servicio de calidad.
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RECOMENDACIONES PARA CONTRATAR UN GIMNASIO
Entre los principales consejos del Sernac se encuentra que un consumidor tiene derecho a ser informado sobre las condiciones relevantes del servicio. También tiene derecho a recibir un servicio de calidad, que este tipo de locales tengan personal idóneo y que se respeten las condiciones contratadas.
Adicionalmente, “los contratos, la publicidad y los carteles en los que las empresas se desentienden de su responsabilidad no respondiendo por daños, accidentes o robos no tienen validez. Pues es su deber entregar un servicio que no afecte la salud o seguridad de los consumidores”.
El Sernac recalcó que “son disposiciones abusivas cuando las empresas indican en sus contratos que reembolsan el dinero solo en determinadas circunstancias, como fallecimiento o impedimento físico, lo que debe ser acreditado y autorizado por un comité del mismo gimnasio; o se desligan de responsabilidad ante cualquier riesgo en la salud e integridad física o psíquica de los usuarios”.
Además, para funcionar y obtener permiso municipal, los gimnasios deben tener una evaluación emitida por la autoridad sanitaria.
El Reglamento de Condiciones Sanitarias Ambientales y de Seguridad Básica en los Locales de Uso Público establece requisitos como la capacidad del establecimiento. A ello se suman extintores, vías de evacuación expeditas, higiene, luces de emergencia, servicios sanitarios, entre otros.
Así, los gimnasios deben tener condiciones generales de seguridad y contar con extintores y vías de evacuación. Esto, además de pisos antideslizantes en las duchas y limpieza del recinto.
🏋️♀️ ¿Pensando en inscribirte al gimnasio antes de que termine el año? Recuerda que al contratar este servicio tienes derechos garantizados por la Ley del Consumidor.
Si el gimnasio no cumple con lo contratado, recuerda que puedes reclamar en 👉 https://t.co/GUZdSq6Qft https://t.co/eV1xufGPAw
— SERNAC (@SERNAC) November 3, 2026







