Nacional y economía

Tribunal valida delimitación del humedal del Arrayán

Cristian Navarro H.

Periodista

Humedal
Foto: Publicado por Ministerio del Medio Ambiente
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó una reclamación que buscaba excluir terrenos privados del área protegida en Lo Barnechea y validó el procedimiento del Ministerio del Medio Ambiente.

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación que pretendía anular la declaratoria del Humedal Urbano Estero del Arrayán y sus Afluentes, en la comuna de Lo Barnechea. La sentencia concluyó que el Ministerio del Medio Ambiente delimitó correctamente el ecosistema y fundamentó su decisión conforme a la normativa.

La controversia se centró en la inclusión de terrenos particulares dentro del área reconocida. Según el fallo, la autoridad cumplió con el reglamento de la Ley de Humedales Urbanos y con los lineamientos de su guía de delimitación y caracterización, sin incurrir en un vicio que justificara anular la resolución.

Además, el tribunal determinó que el ministerio explicó el marco normativo, la metodología aplicada, los indicadores verificados y las razones que llevaron a modificar el polígono propuesto inicialmente por la municipalidad.

VERIFICACIÓN EN TERRENO ACREDITÓ PRESENCIA DE AGUA

Uno de los fundamentos centrales de la sentencia fue la inspección directa del tramo del estero que atraviesa los predios cuya exclusión se solicitaba. Las verificaciones por tierra y mediante sobrevuelos de dron acreditaron la presencia de agua superficial.

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El tribunal recordó que la delimitación de un humedal no exige reunir simultáneamente todos los criterios establecidos en el reglamento. Basta con verificar uno de ellos: vegetación hidrófita, suelos hídricos con drenaje deficiente o un régimen hidrológico de saturación permanente o temporal que produzca inundaciones periódicas.

La sentencia también advirtió que la parte reclamante no aportó antecedentes técnicos suficientes para desvirtuar la delimitación realizada por la autoridad.

EXCLUIR LOS PREDIOS AFECTARÍA LA CONTINUIDAD DEL ECOSISTEMA

El fallo sostuvo que retirar esos terrenos del área declarada habría interrumpido un cauce cuya condición de humedal también fue comprobada aguas arriba y aguas abajo. Esa fragmentación resultaría incompatible con el deber de resguardar la unidad del ecosistema.

El tribunal descartó, además, los cuestionamientos sobre la consideración de las actividades desarrolladas en los predios, que conforman el parque privado Santuario de la Naturaleza El Arrayán, abierto al público desde 1973.

Al respecto, explicó que la ley y su reglamento no obligan al ministerio a caracterizar las superficies excluidas ni a ponderar la intensidad del impacto ambiental de las actividades humanas preexistentes. Asimismo, constató que la exclusión de elementos asociados a esas actividades respondió a un criterio uniforme y verificable sobre su incidencia en la extensión y continuidad del humedal.

RECONOCIMIENTO ABARCA 254 HECTÁREAS

La Municipalidad de Lo Barnechea solicitó el reconocimiento en enero de 2022, con una propuesta inicial de 634,12 hectáreas. Tras el procedimiento de evaluación, el Ministerio del Medio Ambiente declaró el humedal urbano el 4 de septiembre de 2025, con una superficie de 254,02 hectáreas.

La parte reclamante presentó el recurso en noviembre de ese año y el tribunal lo tramitó bajo el rol R-570-2025. La ministra Marcela Godoy Flores redactó la sentencia e integró el tribunal junto con Cristian López Montecinos y Matías de la Noi Merino.

 

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