Senador Flores propone cárcel por fraudes matrimoniales con visas, intentando frenar el «mercado negro» de esta especie en el país. El proyecto de ley tipifica como delito los matrimonios y AUC por conveniencia.
El uso instrumental de las leyes migratorias para obtener visas o la nacionalidad chilena está en la mira del Congreso. Una moción parlamentaria impulsada por el senador DC Iván Flores busca modificar la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería para tipificar por primera vez como delito penal los matrimonios y Acuerdos de Unión Civil (AUC) celebrados «por conveniencia» o de forma fraudulenta.
La iniciativa surge tras la detección de redes dedicadas a cobrar dinero a extranjeros en situación irregular a cambio de conectarlos con chilenos o residentes dispuestos a firmar un vinculo legal —especialmente AUC, por su expedita tramitación y término administrativo— para luego solicitar la residencia por reunificación familiar (artículo 19) o la nacionalidad (artículo 85).
El boom de las solicitudes por AUC
Los fundamentos del proyecto revelan cifras oficiales del Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) que dan cuenta del explosivo aumento de esta práctica:
En 2024 se registraron 1.946 solicitudes de residencia temporal por AUC interpuestas por personas en situación irregular. Para 2025, la cifra se disparó a 4.200 solicitudes (más del doble). En lo que va de 2026, ya se contabilizan 2.268 trámites.
Entre 2022 y 2025, el Estado ha otorgado un total de 7.324 residencias temporarias derivadas de un AUC. A diferencia del matrimonio —que exige causales y plazos de divorcio—, el AUC se puede rescindir de forma rápida ante el Registro Civil, lo que permite a redes que lucran con esto, armar un «circuito» repetitivo de contratos.
¿Cómo se castiga en el mundo?
El proyecto de ley toma como referencia la legislación internacional, donde este tipo de fraude contra la fe pública ya está tipificado como delito grave:
Francia sanciona con hasta 5 años de cárcel y multas de 75.000 euros a los contrayentes, castigando además a los intermediarios con fines de lucro.
Por su parte Estados Unidos, contempla penas de hasta 5 años de prisión y multas de hasta US$250.000 por fraude matrimonial migratorio. Australia a su vez, impone penas extremas de hasta 10 años de cárcel a contrayentes y organizadores.
Canadá y Austria sancionan los matrimonios fingidos con penas de hasta 5 años de cárcel. A quienes lucran o participan del delito distintos de los supuestos contrayentes, se les aplica penas de un año de cárcel.
Las penas que propone la iniciativa en Chile
El nuevo artículo 119 bis incorporado a la Ley de Migraciones establece un catálogo de sanciones penales y administrativas.
Contrayentes (Chileno/Residente y Extranjero Irregular): Pena de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años) y multa de 10 a 20 UTM.
Reincidentes: Quien haya celebrado anteriormente uno o más vínculos fraudulentos arriesga presidio menor en grado medio a máximo y multa de 21 a 50 UTM.
«Coyotes» o quienes lucran (Intermediarios y Organizadores): Presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 día a 10 años) y multa de 51 a 100 UTM para quienes promuevan o faciliten el trámite con ánimo de lucro.
Adicional a ello, se propone una sanción Administrativa. La revocación inmediata de la residencia o nacionalidad obtenida, con la prohibición perpetua de volver a solicitarla en Chile, incluso por otra causal.







