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Primarias: Servel publica nómina de vocales de mesa

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Primarias: Servel publica nómina de vocales de mesa
El próximo 9 de junio se llevarán a cabo las elecciones primarias de alcaldes y gobernadores

Primarias: Servel publica nómina de vocales de mesa.

Este sábado 18 de mayo, el Servicio Electoral (Servel) publicó la primera nómina de vocales de mesa para las elecciones primarias de alcaldes y gobernadores del próximo 9 de junio.

Este primer listado, elaborado por la Junta Electoral, contiene datos relevantes como los miembros de Colegios Escrutadores, las mesas y locales de votación correspondientes.

¿CÓMO SABER SI SOY VOCAL DE MESA?

Para saber si fue seleccionado como vocal de mesa, debe ingresar al sitio web del Servel (pinche aquí).

En la página, debe ingresar con su RUT o RUN y verificar que es un humano por medio del captcha.

Cabe recordar que, estas elecciones primarias municipales y regionales del domingo 9 de junio, no tienen el carácter de voto obligatorio.

Debido a que la ley establece que las primarias son voluntarias.

¿CUÁNDO ES EL PRÓXIMO LLAMADO DE VOCALES DE MESA?

El lunes 20 de mayo, quienes fueron llamados pueden presentar sus excusas si es que no pueden cumplir con la labor de vocal de mesa.

Tras ello, el sábado 25 de mayo el Servel tendrá disponible el listado definitivo. 

Con el cual se podrá confirmar o no, si está designado como vocal de mesa.

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¿CÓMO EXCUSARSE DE SER VOCAL DE MESA?

Quienes hayan resultado elegidos vocales de mesa, labor que es obligatoria, podrán excusarse si cumplen alguna de las causales contempladas por la ley 18.700.

En caso de tener alguna de las causales, hay plazo entre el lunes 20 de mayo y miércoles 22 del mismo mes para excusarse.

Las excusas deben ser formuladas por escrito ante el secretario de la Junta Electoral respectiva.

¿CUÁLES SON LAS CAUSALES?

Las personas que se vean imposibilitados de ejercer su función como vocales de mesa, pueden invocar algunas de las inhabilidades contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700:

– Ser designado miembro del colegio escrutador.

– Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas.

– Tener más de 70 años de edad.

– Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con el certificado de un médico.

– Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras.

– Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo.

– Padre o madre de un hijo menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras.

– Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.

– Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad.

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