Opinión

Conozca los 3 «errores» que son trampas comerciales

Patricio Herman

Presidente de la Fundación Defendamos la Ciudad

Debido a que existen situaciones impresentables, lo cual ya no es novedad, sin que la prensa las informe adecuadamente, tenemos el deber de dar cuenta de 3 de ellas para que los lectores de este medio saquen sus propias conclusiones.

Conozca los 3 «errores» que son trampas comerciales Por Patricio Herman.

Revisemos.

¿Qué sucede con las UF 10.000?

Según la Fiscalía, esta no despreciable suma de dinero -$ 380.000.000- le habría sido entregada por la empresa Parque Capital a un personaje del gobierno de Piñera para que el Minvu apurara la aprobación de unos Informes Favorables para Construir (IFC) equipamientos comerciales ajenos a la agricultura en sectores rurales de la comuna de Lampa.

Lo que se logró con artificiosas interpretaciones reglamentarias.

Intervinieron en esa «indispensable solución», el abogado Luis Hermosilla, su colega y entrañable amigo Andrés Chadwick, mandamás de la cariñosa Universidad San Sebastián (USS), el otrora titular del Minvu, Felipe Ward, su entonces jefe de gabinete, Gonzalo Vega, y su respectivo Seremi, Manuel José Errázuriz.

Qué tal.

En razón a que, a esta fecha, ninguno de ellos aparece como receptor de ese monto de dinero, le formulamos un amable llamado al fiscal que tiene en sus manos la investigación que manifieste que esas UF 10.000 llegaron a otro destinatario.

De ello se deduce que los mencionados políticos ayudaron ad honorem a los hermanos Jalaff para que prosperara el negocio, ello en atención a que los mismos lo consideraron un gran aporte a la competitiva industria del bodegaje que existe en la región Metropolitana de Santiago.

¿Será posible que un influyente privado obtenga una ganancia indebida de US$ 25.000.000?

En una ocasión pasada dimos cuenta de un mega proyecto inmobiliario, de 2 edificios en altura, ejecutado en la esquina de Américo Vespucio Sur con Renato Sánchez, comuna de Las Condes, acogiéndose a los beneficios constructivos contemplados para los Conjuntos Armónicos, ello pues se estimaba que el predio en donde se emplaza tenía algo más de 7.500 m2.

El arquitecto patrocinante de la fusión de predios y del proyecto era Pablo Letelier.

Por su parte, el arquitecto revisor de la fusión de los predios, dependiente del Departamento de Urbanización de la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Las Condes era Jorge Bravo y, el arquitecto revisor independiente de arquitectura, que firmó la solicitud del permiso era Mauricio Molina, quien en el pasado había ejercido el cargo de DOM en Las Condes.

¿Se equivocaron?

¿Pero como todos esos destacados profesionales se «equivocaron» al establecer la superficie del terreno?

Acaso, unos vecinos que tenían conocimientos de aritmética básica, reclamaron al alcalde Joaquín Lavín, pues el terreno fusionado sólo alcanzaba a una superficie algo superior a los 7.300 m2 con lo cual se evidenciaba que era inaplicable la figura del Conjunto Armónico que aumenta en un 50% el coeficiente de constructibilidad y admite una altura superior del 25% de la fijada en el Plan Regulador Comunal (PRC).

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Por esto, el alcalde Lavín le pidió a Rocío Crisosto, titular de la DOM, que procediera a invalidar dicho acto administrativo ilegal.

Eato, fue puesto en duda por dicha funcionaria municipal y por ello, para zanjar el intríngulis, fue necesario que la Seremi Minvu resolviera la controversia. Esa función ministerial ofició a la DOM de que era procedente invalidar el permiso, pero ésta le desobedeció, a pesar de que es su jefatura superior, motivo por el cual, como era indiscutible el «error» cometido, Lavín procedió a firmar la invalidación.

Sin tener atribuciones para ello, lo que sabía.

En rigor, él debió ser imperativo con la funcionaria municipal, pues era su jefe administrativo, pero no lo hizo.

Algunas de las obras estuvieron paralizadas por un escaso período de tiempo.

Pero, en la actualidad el proyecto está edificado, ¡era que no!, con todas las franquicias y beneficios de la norma de excepción de Conjunto Armónico.

Ello aconteció porque los inversionistas fueron a los tribunales y la 3a Sala de la Corte Suprema, con 4 votos a favor y uno en contra, sin ir al fondo de la cuestión, sentenció que Lavín no estaba habilitado para invalidar el permiso y que, por lo tanto, el proyecto se debía considerar viable.

Acto seguido, la empresa exigió una indemnización por falta de servicio.

Lo anterior fue acogido por la Justicia y ahora la municipalidad tendrá que desembolsar US$ 11.000.000 más IVA e intereses, importante suma que ya estaría provisionada en el proyecto de presupuesto del año 2025.

No me ayude, compadre

Los abogados municipales intentaron dejar sin efecto la indemnización, pero lo hicieron con sospechosos y garrafales errores jurídicos.

Estos son propios de estudiantes en práctica, por lo tanto les fue mal.

Y así se rechazó la causa civil, rol 11144-2024, con lo cual, como el proyecto logró los privilegios de Conjunto Armónico, al obtenerse ganancias adicionales por este concepto, se concluye que dispuso de un incorrecto provecho acumulado de US$ 25.000.000.

Es inaceptable el lucro a expensas de falsear las superficies reales de los predios fusionados.

Lo anterior es sinónimo de burlas al sistema.

Por eso, el 20/11/2024 la fundación Defendamos la Ciudad le entregó los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado (CDE). Se solicitó a su presidente, Raúl Letelier, que reciba a este columnista con el abogado Gabriel Muñoz, para explicarle todo el curioso proceso.

Estamos hablando de recursos fiscales que pagaría la negligente municipalidad de Las Condes.

Si la nueva alcaldesa, Catalina San Martín, quien ha dado muestras de que combate la corrupción, no está debidamente informada de este hecho.

La invitamos para que nos acompañe a nuestra entrevista con el CDE, dejándose en claro que este oscuro episodio, mantenido en sigilo en el municipio, a partir de ahora se tendrá que revisar a fondo.

La invitación señora alcaldesa está extendida y la ratificaremos, como es debido, directamente.

Confiamos que aceptará la invitación y el desafío.

Omisiones de El Mercurio

En días pasados ese medio publicó una carta, en la cual un lector criticaba que un proyecto de Copec.

Son US$ 123 millones en Coronel, región del Bio Bío.

Una bicoca.

Después de 5 años en análisis en la institucionalidad, fue rechazado por el 3er Tribunal Ambiental. Eso, porque sus obras colisionan con las normativas urbanas locales y regionales. Se le envió una aclaración al medio, con el objetivo de explicar técnicamente lo acontecido, ya que la demora no se debía a la «permisología», palabra muy usada por El Mercurio, sino a la supina ignorancia del privado.

En síntesis, le decíamos al diario que el SEA, por desconocimiento de reglas territoriales, lo aprobó en un principio. Se dejó en claro que lo resuelto por ese Tribunal Ambiental era consistente con la posición del municipio, en orden a que este proyecto, denominado «Terminal de Productos del Pacífico», vulneró las letras a), c) y f) del artículo 11° de la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, materia que los profesionales de la empresa ignoraban.

Terminamos nuestra carta expresando que el mencionado Tribunal Ambiental hizo legalmente lo que tenía que hacer.

El Mercurio siendo El Mercurio

Pero como dicho diario aparentemente no quería que se conociera la verdad, la misma no se publicó, de tal forma que sus lectores no tuvieron la información apropiada.

El mismo medio, la semana pasada nos entrevistó para conocer nuestra opinión sobre un proyecto de 52 viviendas unifamiliares de 140 m2 en su terreno urbano de 3.5 hectáreas en la comuna de Colina, ya que unos apitutados vecinos, apoyados por un eximio lobbysta, sin razonamientos válidos, se oponían creyendo que ahí solo se podía construir un condominio con 6 casas (sic).

Sí, créalo.

Le contestamos a la periodista todas sus preguntas. Se le expresó que los pequeños empresarios, titulares del proyecto, se rigen por las reglas del juego contenidas en el PRC. Esto se le ratificó a la arquitecta patrocinante, Agustín Vásquez, con el Certificado de Informaciones Previas (CIP) cursado por el DOM de Colina.

Según esos 2 documentos oficiales, en dicho terreno se considera una densidad de 25 viviendas/hectárea.

Estas, con altura libre limitada por la rasante, se podían construir mayor cantidad de viviendas.

Pero el proyecto, buscando privilegiar las áreas verdes, se conformó con las menores indicadas.

Preferimos, por prudencia, no dar a conocer el nombre de la periodista: Loanterior, dado que su nota,  carente absolutamente de imparcialidad, tenía un marcado sesgo a favor de los egocéntricos opositores al proyecto.

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