Esta jornada, la Tercera Sala Constitucional del máximo tribunal confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso respecto al recurso de protección presentado por un grupo de parlamentarias en contra del nuevo reglamento que establece el control de consumo de drogas en los miembros de la Cámara Baja.
El recurso de protección catalogaba a la medida como arbitraria o ilegal en la dictación del reglamento; no obstante la Corte Suprema sentenció lo contrario, rechazando con ello la prohibición de la medida.
El razonamiento detrás de la Corte Suprema, ente que dejó siempre en claro su respeto por la autonomía de la Cámara y su creación propia de reglamentos, indicó que “ ha de desestimarse una eventual invasión a las garantías fundamentales, desde que el reglamento se construye”.
Puesto que “respeta la voluntariedad en el actuar de los miembros de la Cámara sin que sea pertinente una revisión ajena a algún caso concreto”.
Es por ello que “la decisión que se adopta en la presente causa, no obsta a otras acciones que puedan amparar a los miembros de tal institución para algún caso concreto”, indicó la resolución.
Además, señaló que tampoco se han “vulnerado los artículos 5, 11 y 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos”.
Recordemos que el recurso de protección fue interpuesto a finales de 2022 por las diputadas Marisela Santibáñez (PC), Ana María Gazmuri (Acción Humanista), Clara Sagardía (IND-Frente Amplio), Marcela Riquelme (Frente Amplio) y Lorena Fries (Frente Amplio), quienes acotaron no estar en contra de la realización del examen, sino del contenido del reglamento.






