Política

Trama bielorrusa: Corte confirma prisión preventiva para abogado Lagos

Está Pasando

Corte Lagos
Foto de archivo: Captura de pantalla Poder Judicial
La jueza del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, Carolina Gajardo, había considerado que es “un peligro para la seguridad de la sociedad”.

Nuevamente fracasó el intento del abogado Eduardo Lagos de salir de la prisión preventiva que cumple en el anexo penitenciario Capitán Yáber, donde cumple la cautelar luego de su formalización en la investigación de la denominada trama bielorrusa por presuntos delitos de corrupción y lavado de activos: la Corte le dio un portazo.

Es al menos la cuarta: las dos primeras fueron en noviembre de 2025, luego de que fuera imputado, y la tercera ocurrió en febrero de este año.

Lo cierto es que ahora la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones confirmó la medida cautelar de prisión preventiva que dictó la jueza del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, Carolina Gajardo, el 19 de mayo pasado.

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Su defensa presentó un recurso contra la resolución, pero sin resultados.

La magistrada Gajardo había resuelto mantener la medida cautelar más gravosa para a Lagos, pues consideró que es “un peligro para la seguridad de la sociedad”.

Ahora, en su resolución la Segunda Sala de la Corte consideró que en la apelación presentada el 22 de mayo “no existen nuevos antecedentes” para modificar dicha medida cautelar, por lo que Lagos deberá permanecer recluido en Capitán Yáber.

ARRAIGO INDISCUTIBLE

De poco sirvió que la defensa del abogado, encabezada por Marcelo Abujiar, planteara que “la prisión preventiva no puede ser utilizada como una sanción punitiva anticipada, a este respecto”, y que el imputado “ha demostrado una colaboración activa y ejemplar en la presente causa”, ya que se puso a disposición del tribunal y prestó declaración judicial voluntaria, entre otros.

Esgrimió también que “en el aspecto humano, el arraigo es indiscutible. Es el sostén de una oficina de la que dependen 21 familias y tiene a su cargo a una madre de 90 años. Su estadía en el recinto penitenciario ha provocado una perdida a la fecha de 29 kilos”.

Finalmente argumentó que “la resolución recurrida (de la jueza Gajardo) se limita a señalar que no existen antecedentes nuevos, no haciéndose cargo ni fundamentando las alegaciones de la defensa, teniendo especial consideración los nuevos antecedentes”.

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