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Corte Suprema deja sin efecto cambios a régimen de visitas en Punta Peuco

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Corte Suprema deja sin efecto cambios en régimen de visitas en Punta Peuco
Con esto dejó sin efecto las medidas adoptadas por Gendarmería que restringen las visitas y recepción de encomiendas que pueden recibir los internos.

La Corte Suprema acogió el recurso de amparo interpuesto en representación de 131 internos que cumplen condena en el penal Punta Peuco.

Con esto dejó sin efecto las medidas adoptadas por Gendarmería que restringen las visitas y recepción de encomiendas que pueden recibir los internos.

En junio pasado se había comenzado a aplicar en el penal la Resolución Exenta N°6.622 de 2020 que limita a un máximo de diez las visitas que pueden registrar las personas privadas de libertad.

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La medida no había sido usada en este penal, que es donde cumplen sus penas condenados por violación a los derechos humanos durante la dictadura.

FALLO UNÁNIME

El fallo de la Segunda Sala del máximo tribunal fue unánime.

Los ministros y ministras Manuel Antonio Valderrama, María Teresa Letelier, Jean Pierre Matus, María Cristina Gajardo y Juan Manuel Muñoz Pardo revocaron la impugnacióndel 13 de junio pasado a la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago donde se rechazaba la acción.

A juicio de la Corte, “la decisión de la autoridad de Gendarmería aparece como un acto inmotivado, que altera la situación jurídica preexistente y afecta la dignidad de las personas recluidas y hace más dura y compleja las condiciones en que se desarrolla la vida de estos internos».

Argumentó que «no resulta justificada la limitación de personas habilitadas para poder visitar o remitir encomiendas a los internos, más aún si se considera como es de público conocimiento su edad promedio, en el marco de los 80 años, existencia de enfermedades terminales de muchos de ellos, grupos familiares y cercanos extensos, lejanía del recinto y cortos tiempos de visitas, todo lo cual conduce a acoger el presente recurso”.

De este modo, la Suprema resolvió «que se dejan sin efecto las decisiones de Gendarmería respecto del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco reclamadas en el presente recurso, debiendo restablecerse de inmediato las condiciones de las visitas, en cuanto al número de personas habilitadas para efectuarlas y para remitir encomiendas, respecto a los internos de dicho recinto en los términos que se habían mantenido hasta antes de disponerse las modificaciones que por el presente fallo se suprimen”.

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