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Corte acoge el recurso de protección interpuesto por Sky Airline

Agencia

La Corte de Apelaciones dejó sin efecto las multas que le aplicó el Servicio Nacional de Migraciones a la empresa Sky Airline SA.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto por la empresa de transporte aéreo Sky Airline SA y dejó sin efecto las multas que le aplicó el Servicio Nacional de Migraciones.

En fallo unánime (causa rol 69.485-2022), la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Alejandro Aguilar, la ministra María Soledad Jorquera y el abogado (i) Eduardo Gandulfo– estableció el actuar arbitrario del servicio recurrido al sancionar a la aerolínea sin haberle dado la posibilidad de ser oída.

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“Que, entonces, el servicio recurrido al haber resuelto el procedimiento administrativo inaudita et altera pars, sin haberle dado la posibilidad al interesado de haber sido oído, esto es, sin citación previa, ni opción de defenderse mediante descargos y alegaciones y presentación de las pruebas correspondientes admisibles, antes de las resoluciones finales sancionatorias del procedimiento administrativo de marras –entendido en los términos de los artículos 18, 40, 41 de la ley de Procedimiento Administrativo», sostiene el fallo sobre Sky Airline.

«Esto es, en la etapa de instrucción, ha incumplido las normas de procedimiento administrativo que le mandataban, como regla general, el tener que oír al interesado que está siendo perseguido para sancionarlo, de acuerdo con el sentido previamente expresado del artículo 79 inciso 1° del Decreto Ley N° 1.094, en concordancia con los artículo 21 N° 2 y 35 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y el artículo 8 N° 1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, entendidas en el marco del debido proceso administrativo y el derecho de defensa administrativo”, agrega el escrito.

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