En los últimos días, gran polémica ha causado los bajos montos devueltos a algunos usuarios por parte de las aseguradoras. Por ello, salió a flote la modalidad de «Pronto Pago», una opción que permite una devolución total o parcial en una única cuota. Eso sí, con un descuento aplicado.
Cabe recordar que esto se dio tras el inicio del proceso de devolución de los montos cobrados en exceso por las Isapres a sus afiliados. Esto, tras la entrada en vigencia de la Ley Corta de Isapres.
En la mayoría de los casos, estos montos serán devueltos a través de excedentes, en cuotas mensuales durante un plazo de hasta 13 años (156 meses), dependiendo de la edad del cotizante.
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«PRONTO PAGO»
Esta modalidad, regulada por la ley 21.674, establece que las Isapres pueden ofrecer a sus afiliados el pago de la deuda en un solo monto.
Lo cual, es aplicando una tasa de descuento que refleja la preferencia temporal del pago anticipado. Esto dependerá de la tasa de interés máxima convencional y de los años proyectados de la deuda.
Cabe señalar que el descuento aplicado no puede superar la tasa máxima convencional vigente en el momento del acuerdo.
En ese contexto, el cotizante tiene la libertad de decidir si acepta esta modalidad o no. Si acepta, podrá negociar con su aseguradora el monto final del pago único.
Este acuerdo debe ser comunicado a la Superintendencia de Salud dentro de un plazo de cinco días hábiles desde su firma.
Sin embargo, este mecanismo es opcional para las aseguradoras, quienes deben incluirlo en su plan de pago informado a la Superintendencia. Los afiliados interesados en esta opción deben contactar directamente con su Isapre.
Por último, el superintendente de Salud, Víctor Torres, aclaró a través de 24 Horas que mientras las Isapres no paguen la deuda, no podrán retirar sus utilidades.