Política

Por 9-1 el TC rechaza impugnación a norma de reposición de servicios básicos

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TC servicios básicos
Foto: Creative Commons
Los fundamentos de la sentencia y el detalle del voto disidente serán dados a conocer dentro de los plazos establecidos por la Constitución.

Por un claro 9-1 el Tribunal Constitucional (TC) rechazó el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno en contra de una norma vinculada a los servicios básicos, contenida en el proyecto de ley para la reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social.

Esta forma parte de la megarreforma del gobierno aprobada recientemente y establece que las empresas eléctricas, sanitarias y de gas deben reconectar gratuitamente a usuarios residenciales y micro, pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas bajo estado de catástrofe, incluso si mantienen deudas.

El artículo 31 de la Ley de Reconstrucción además fija un plazo máximo de 24 horas para agua potable y alcantarillado y de 48 horas para electricidad y gas. Las compañías tampoco podrán cobrar por la reconexión y deberán compensar a los clientes si no cumplen con esos plazos.

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Según el Ejecutivo la norma fue incorporada durante la tramitación legislativa sin relación directa con las ideas matrices del proyecto original.

Al presentar el requerimiento al TC, el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, afirmó que el Ejecutivo no necesariamente se oponía a establecer una regulación especial para los servicios básicos durante catástrofes, sino a la forma en que fue incorporada al proyecto.

Ahora el TC rechazó la impugnación del Gobierno y mantuvo la norma.

DURA DERROTA

Es una dura derrota para el Ejecutivo que había advertido que el polémico artículo imputado por los diputados de oposición infringe el artículo 69 de la Constitución Política de La República (CPR).

La norma también era cuestionada por las empresas distribuidoras de agua potable, electricidad y gas y, de hecho, la Asociación de Empresas de Gas Natural (AGN), la Asociación de Empresas Eléctricas (EEAG) y la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Sanitarios (ANDESS) también acudieron al TC para impugnar el cuestionado artículo del proyecto de ley.

Sus abogados pidieron exponer sus argumentos en una audiencias, pero el TC rechazó esta petición, asegurando que previo a la vista de la causa se tendrán presentes sus escritos para la resolución.

Los fundamentos de la sentencia y el detalle del voto disidente serán dados a conocer dentro de los plazos establecidos por la Constitución.

«INHUMANIDAD»

Las reacciones al dictamen de l TC no se hicieron esperar.

El diputado César Valenzuela (PS) aseveró que el Tribunal Constitucional nos dio la razón. Es válida la única norma de la ley de los superricos que de verdad protege a las personas».

«Las empresas van a estar obligadas a reponer los servicios de agua, luz y gas frente a estados de catástrofe, eso tan básico y que, lamentablemente, el gobierno se negó», agregó.

Por su parte, el presidente del PPD, el diputado Raúl Soto, calificó como «una vergüenza que el gobierno haya impugnado en el Tribunal Constitucional una norma que beneficia a los damnificados para que no le corten los suministros básicos en los contextos de catástrofe».

A su juicio, «el gobierno con esto da una muestra de inhumanidad que lamentamos bastante, y desde esa perspectiva valoramos la decisión del Tribunal Constitucional de rechazar categóricamente este requerimiento y, por tanto, considerar esa norma dentro de la mega reforma».

En tanto, la diputada Emilia Schneider (FA) dijo que el rechazo del TC muestra la indolencia del Gobierno, «pero también que esta mega reforma de reconstrucción no tiene nada».

«Siempre ha sido una reforma tributaria encubierta para que sus amigos, los superricos, se sigan enriqueciendo. Afortunadamente, el Tribunal Constitucional se pronunció de forma contundente en defensa de esta norma, tal como hemos impulsado, como hemos defendido desde la oposición», añadió..

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