Política

Condenado en Caso Quemados busca beneficios: Corte rechazó su recurso

Está Pasando

condenado Quemados
Los familares de las víctimas criticaron que, ante el recurso judicial, el Programa de Derechos Humanos del ministerio de Justicia solo presentó un escrito sin solicitar expresamente el rechazo del recurso ni anunciar alegatos.

La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de amparo que pesentó Nelson Medina Gálvez, condenado a 20 años de cárcel por el caso Quemados, mediante el cual buscaba adelantar su posibilidad de postular a libertad condicional y beneficios intrapenitenciarios.

De este modo, el tribunal mantuvo las fechas calculadas por Gendarmería para acceder a las postulaci0nes: febrero de 2037 y febrero de 2036, respectivamente.

Recordemos que el Caso Quemados es un episodios emblemático de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura de Augusto Pinochet. Ocurrió el 2 de julio de 1986, durante una jornada de protesta. Una patrulla militar interceptó a dos personas en Estación Central. Eran dos jovenes. Rodrigo Rojas de Negri y Carmen Gloria Quintana fueron golpeados, rociados con combustible y quemados, y luego los abandonaron en Quilicura.

Lea también: Subsecretario Silva firmó libertad anticipada de condenado por abuso sexual

El falleció a consecuencia de sus lesiones; ella sobrevivió con graves quemaduras en el rostro y el cuerpo.

Tuvieron que pasar 37 años para que, en 2024, finalmente la Corte Suprema condenara a Medina a veinte años de prisión por ambos crímenes.

Hasta el edificio de tribunales llegó Verónica De Negri, madre de Rodrigo Rojas, quien lleva cuarenta años buscando justicia para su hijo.

A los 81 años sigue viajando desde Estados Unidos a Chile para acompañar la defensa judicial de su hijo cada vez que sea necesario. Se reconoce cansada, pero aseguró que seguirá oponiéndose a las iniciativas que busquen entregar beneficios para aliviar las penas de los responsables en el Caso Quemados. “Yo voy a pelear hasta el último”, afirmó, antes de preguntar: “¿Hasta cuándo juegan con nosotros?”.

20 AÑOS

Nelson Medina permanece recluido en Colina I desde hace dos años. Ahí cumple su condena de 20 años de presidio por el homicidio calificado de Rodrigo Rojas de Negri y el homicidio calificado frustrado de Carmen Gloria Quintana.

En su recurso de amparo no solicitaba un beneficio inmediato, sino que Gendarmería redujera de trece años y cuatro meses a diez años el tiempo mínimo para postular a libertad condicional y recalculara las fechas de los beneficios intrapenitenciarios vinculados a ese cómputo, aseguró su abogado, Ricardo Bravo Cornejo.

Para él, no correspondía exigir el cumplimiento de dos tercios de la pena porque esa condición fue incorporada en 1982, después de los hechos que él situó en 1973. La Corte descartó esa premisa, porque todos sabemos que el crimen ocurrió en 1986.

A juicio de la Sala, Gendarmería calculó los plazos conforme a la legislación vigente cuando se cometió el delito. Agregó que las normas sobre requisitos y tiempos mínimos para estos beneficios son de naturaleza administrativa y de aplicación inmediata. Así, descartó una actuación ilegal de la institución.

CRITICAS AL PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS

Por el lado de las víctimas, sus abogados reprocharon que el Programa de Derechos Humanos del ministerio de Justicia solo presentara un escrito sin solicitar expresamente el rechazo del recurso que solicitaba beneficios para ese condenado del Caso Quemados ni anunciar alegatos.

El abogado de Carmen Gloria Quintana,Francisco Bustos, recordó que “ellos por ley tienen que presentar querellas en casos de víctimas reconocidas por el informe Rettig, de desaparecidos y ejecutados políticos, y en este caso, y en todas las solicitudes de reducciones de condena que se han presentado durante durante este último año, ellos no han intervenido”.

Se refería a que previo a la audiencia el organismo presentó un “téngase presente”, suscrito por la abogada Constanza Garrido, donde invocó el artículo 9 del Decreto Ley 321, que establece que los requisitos para obtener la libertad condicional son los exigidos al momento de postular, y citó jurisprudencia de la Corte Suprema, pero no solicitó expresamente rechazar el amparo, hacerse parte ni anunciar alegatos.

Para Bustos, esa intervención fue insuficiente: “Entonces esta es una manifestación más de una verdadera renuncia a ejercer los deberes legales que tienen”, acusó.

Desde la subsecretaría aseguraron que el organismo reafirmó por escrito su posición sobre los requisitos para acceder a estos beneficios.

 

Comparte en:

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email